Servicio Fiscal

Servicio Fiscal
Mediante la Ley de 15 de marzo de 1940, el Cuerpo de Carabineros se fusionó con el de la Guardia Civil, asumiendo éste las funciones de resguardo fiscal del Estado a aquél encomendadas, para lo que se creó en la Guardia Civil una “Sección de Especialistas”.
Actualmente la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, en su artículo 12, establece que la Guardia Civil ejercerá las competencias relativas al resguardo fiscal del Estado y las actuaciones encaminadas a evitar y perseguir el contrabando. Esta competencia genérica de la Guardia Civil se desarrolla en la Orden Ministerial de Presidencia del Gobierno del 29 de octubre de 2001, en la que el Servicio Fiscal aparece como la Unidad responsable de llevar a cabo estas misiones.
Por otro lado, la incorporación de España a la Comunidad Económica Europea y al Espacio Schengen lleva consigo la supresión de las fronteras interiores y el reforzamiento de las exteriores y, por tanto, la necesaria reorganización de la estructura del Servicio Fiscal de la Guardia Civil, que se llevo a cabo en el año 1994.
La misión general comprende:
Actualmente la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, en su artículo 12, establece que la Guardia Civil ejercerá las competencias relativas al resguardo fiscal del Estado y las actuaciones encaminadas a evitar y perseguir el contrabando. Esta competencia genérica de la Guardia Civil se desarrolla en la Orden Ministerial de Presidencia del Gobierno del 29 de octubre de 2001, en la que el Servicio Fiscal aparece como la Unidad responsable de llevar a cabo estas misiones.
Por otro lado, la incorporación de España a la Comunidad Económica Europea y al Espacio Schengen lleva consigo la supresión de las fronteras interiores y el reforzamiento de las exteriores y, por tanto, la necesaria reorganización de la estructura del Servicio Fiscal de la Guardia Civil, que se llevo a cabo en el año 1994.
La misión general comprende:
- Prevenir y perseguir el contrabando, fraudes y demás ilícitos de carácter fiscal, en todo el territorio nacional.
- Velar por el cumplimiento de la legislación vigente en la materia e investigar toda clase de infracciones de naturaleza fiscal. En este sentido colaborará con las Autoridades Judiciales, Administrativas y otros organismos competentes.
- Elaborar la estadística de intervenciones realizadas por la Guardia Civil, en materia de drogas, fraude y contrabando.
- Materializar el enlace, cooperación y colaboración operativa en materia fiscal con servicios afines nacionales y extranjeros.